lunes, 24 de octubre de 2011

Pronunciamiento - Academia Nacional de Medicina

Viernes, 21 de octubre de 2011 13:38

PRONUNCIAMIENTO DE LA ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA

La Academia Nacional de Medicina, corporación oficial, científica y doctrinaria que representa la ciencia médica nacional, así consagrado en el

Artículo 1º de su Ley Orgánica:

CONSIDERANDO: Que los médicos egresados de las universidades nacionales a lo largo de su desempeño han demostrado competencia y excelencia en su formación profesional y atendido exitosamente a la población venezolana, ello demostrado históricamente con la erradicación de enfermedades endémicas y epidémicas, lo que ha logrado aumentar la expectativa de vida de nuestra población, equiparándola a la de las naciones desarrolladas. 

CONSIDERANDO: Que se ha instaurado un sistema de enseñanza paralelo de la medicina carente de programas académicamente sustentables e inmersos en principios ideológicos no afines con la esencia de nuestra noble profesión; sin formación adecuada y sin aprobación del Consejo Nacional de Universidades como establece la Constitución. 

CONSIDERANDO: Que los egresados de este sistema paralelo carecen de la formación docente sistemática y de la práctica clínica a la cabecera del enfermo, indispensable para la orientación diagnóstica adecuada y la correcta indicación del tratamiento. Su mecanismo de enseñanza está basado en actividades orientadas con ayuda de videos, computadoras y guías fotográficas, sin aplicar las reglas elementales del examen clínico; así mismo, no tienen ninguna formación pediàtrica, obstétrica y quirúrgica. 
 
En razón de esta angustiosa y lamentable situación la Academia Nacional de Medicina, con el mayor sentido democrático, declara:


1º Los cursantes egresados de estos estudios paralelos no están capacitados para la atención médica de la población

2º Hacemos un llamado a la población para que ejerza su derecho a ser atendida por profesionales competentes en el ejercicio médico, certificados académicamente de acuerdo a nuestra legislación vigente.

3º Uno de los aspectos que describe el progreso de la formación médica nacional fue la creación de los postgrados médicos universitarios, siendo nuestro país el pionero en América Latina.

4º Este pronunciamiento tiene por finalidad evitar una catástrofe en el sistema de salud venezolano y en el cual los grandes afectados serán los estratos poblacionales de menores ingresos.

5º Finalmente exhortamos a la Asamblea Nacional a tomar en cuenta estas Consideraciones al momento de hacer modificaciones a las leyes inherentes al ejercicio médico en Venezuela. 

Aprobado por unanimidad y firmado por la Asamblea General de la Academia Nacional de Medicina. en Caracas, a los veinte días del mes de octubre de 2011.

Firmas continúan -- ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA
CARACAS – VENEZUELA

Comunicado de la Escuela de Medicina José María Vargas


Escuela de Medicina José María Vargas
Facultad de Medicina, UCV
 Consejo de Escuela
Comunicado
  
El Consejo de la Escuela de Medicina “José María Vargas” de la Universidad Central de Venezuela, desea informar a la comunidad universitaria, a los gremios y sociedades médicas y a la opinión pública general lo siguiente:  
1. La Escuela de Medicina “José María Vargas”, como institución formadora de recursos de salud, Médicos Cirujanos y Citotecnólogos, no fue consultada y no ha participado en la recepción, preparación y valoración de los estudiantes de la carrera Medicina Integral Comunitaria ( MIC), que fueron incorporados a partir del año 2010, en los servicios de los Hospitales Vargas de Caracas, de Niños JM de Los Ríos y Maternidad Concepción Palacios, en los que sus alumnos realizan actividades de prácticas clínicas.
 2.    La atención y evaluación de los estudiantes de la carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC), quedó bajo la responsabilidad de las Direcciones de las antes mencionadas instituciones de salud, a través de personal médico asistencial seleccionado y, si bien muchos de esos médicos están adscritos a la planta profesoral de esta Escuela de Medicina, la participación de los mismos en las actividades docentes con alumnos de la carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC), fue hecha como personal asistencial de esos hospitales y no como docentes de la Escuela de Medicina “José María Vargas”
 En vista del desempeño poco satisfactorio  de más del 80% de los estudiantes de la carrera Medicina Integral Comunitaria  (MIC) que fueron asignados a los tres hospitales anteriormente mencionados, evidenciado mediante los instrumentos que sobre los conocimientos, habilidades y destrezas fueron determinados por la Universidad Bolivariana de Venezuela, el Consejo de Escuela de Medicina “José María Vargas”, sugiere a la Facultad de Medicina de la Universidad Central de Venezuela propicie un acercamiento a las instituciones formadoras y receptoras de los futuros egresados de la Carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC), para iniciar un profundo análisis de la formación de los recursos de salud del país, que permita formar profesionales: 
 a.    Con conocimientos adecuados a los fundamentos de la Medicina;
b.    Capaces de comprender y aplicar el método científico;
c.     Que puedan evaluar la estructura, funciones y comportamiento del hombre, la  mujer, el adolescente y el niño en situación de salud o de enfermedad;
d.    Capaces de analizar la relación existente entre estado de salud y entorno físico y social;
e.    Capaces de emplear instrumentos y prácticas clínicas que le proporcionen la visión integral de la persona atendida y le permitan actuar de manera coherente, armónica y ética para la promoción de salud, prevención de enfermedades, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y recuperación de las patologías más frecuentes en el país.
 En otras palabras, formar egresados de calidad, capaces de desempeñarse de manera adecuada, pertinente y ética en todos los niveles y modalidades del sistema de salud del país.
 El avance de la carrera Medicina Integral Comunitaria hasta la culminación y graduación inminente de la primera promoción de 8.300 bachilleres, se ha hecho ignorando entre otras cosas :
 ·      La Constitución Bolivariana de Venezuela que en su artículo 85 establece que “se coordinará con las universidades las políticas de formación de recurso humano en Salud”, sin embargo se han excluido  las Universidades nacionales con mayor experiencia en la formación de profesionales de la salud y en investigación biomédica y se ha preferido a Universidades que en algunos casos no tenían Facultad  o Escuelas de Medicina para el momento de inicio de la carrera Medicina Integral Comunitaria ( MIC)
 ·      La Ley del ejercicio de la Medicina vigente, que establece en sus Artículos 3 y 4 que para  el ejercicio legal de la Medicina es necesaria la obtención del titulo de Médico Cirujano o de Doctor en Ciencias Médicas  
 ·      El objetivo original de la carrera de graduar médicos integrales comunitarios para realizar principalmente la atención de la comunidades y desarrollar la estrategia de Atención Primaria de Salud en el primer nivel de atención,  desvirtuándolo ahora según el anuncio de la Ministro del  Poder Popular para la Salud,  al incorporarlos a los Hospitales rurales y especializados existentes en el territorio nacional, para su posterior ingreso  en 1 año a los postgrados que se ofrecen en el país. ( RNV Octubre 2011)
 ·      Las competencias de la OPSU responsable del seguimiento académico administrativo de la carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC), según la disposición del CNU ente responsable del otorgamiento de titulo de MIC, para transferir ahora,  la gestión de la carrera al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, (Gaceta Oficial 39.698. 17 de junio de 2011).
 ·      Las Declaraciones o comunicados de profesores universitarios, ex autoridades de salud, cuerpos federativos, etc., llamando a la reflexión, en beneficio de la de la Salud de la población venezolana y de la seguridad para el ejercicio profesional de los estudiantes de la carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC).
 ·      Los derechos que tienen los enfermos de “exigir de los médicos que los asistan y de los demás integrantes del equipo de salud, un elevado grado de competencia profesional” establecidos en el artículo 69 del Código de Deontología Médica  
 Es por ello, que ante la inminente incorporación de egresados de la carrera Medicina Integral Comunitaria (MIC) a los Hospitales generales y especializados del país para atender la salud de la población, sin pruebas de que hayan recibido y adquirido las competencias, los conocimientos y el entrenamiento clínico y terapéutico suficientes para el ejercicio de la medicina, queremos expresar nuestra preocupación sobre las consecuencias que esta acción tendrá sobre la salud de la población y sobre el futuro de la educación médica venezolana regida hasta ahora por altas exigencias de calidad, rigor científico, solidez académica y compromiso social, evidenciados por el desarrollo  sostenido  de la medicina nacional y los logros indiscutibles en la investigación biomédica, la generación de conocimientos, el mejoramiento de los indicadores de salud y el control de las enfermedades en la población venezolana.   
 Caracas, 19 de octubre de 2011
 Dra. Yubizaly López 
Directora, Presidente del Consejo.